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La modificación normativa, publicada el 19 de octubre en el Boletín Oficial del Estado (BOE), suprime la obligación de disponer de 225 hectolitros de vino en envejecimiento y un mínimo de 50 barricas para obtener la consideración de bodega criadora.

Las bodegas de la Denominación de Origen Calificada (D.O.Ca.) Rioja ya no tendrán que cumplir unos requisitos mínimos de existencias de vino y número de barricas para obtener la consideración de bodega criadora y elaborar vinos con las menciones Crianza, Reserva y Gran Reserva.

Hasta ahora, la normativa exigía disponer de al menos 225 hectolitros de vino en proceso de envejecimiento, de los cuales, como mínimo, la mitad debían estar contenidos en 50 barricas. La eliminación de estas condiciones permitirá acceder a esta categoría a bodegas de menor dimensión que anteriormente no alcanzaban los volúmenes establecidos.

La modificación del Pliego de Condiciones y de los Estatutos de la D.O.Ca. Rioja fue aprobada por unanimidad por el Pleno del Consejo Regulador el pasado 24 de julio y ha recibido el respaldo normativo del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación mediante la Resolución de 7 de octubre de 2026, publicada en el BOE el 19 de octubre.

La medida pretende facilitar la actividad de pequeños elaboradores, nuevos operadores y jóvenes emprendedores, al eliminar unas exigencias de volumen que podían constituir una barrera de entrada para proyectos de producción limitada.

La flexibilización afecta exclusivamente a los requisitos mínimos de existencias y barricas, sin modificar las condiciones de calidad y envejecimiento establecidas para los vinos amparados por las menciones Crianza, Reserva y Gran Reserva.

El Consejo Regulador trasladará próximamente a las bodegas las instrucciones necesarias para aplicar la nueva normativa, que entró en vigor el 19 de octubre.

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