La normativa española sobre potencial vitícola y autorizaciones de plantaciones de viñedo se modifica para incorporar las medidas más urgentes del nuevo paquete legislativo europeo del vino.
El real decreto aprobado el 25 de agosto adapta la regulación nacional a la normativa comunitaria que entró en vigor el pasado mes de marzo y que introduce una mayor flexibilidad en el sistema de autorizaciones de plantación.
Entre los principales cambios figura la ampliación de la vigencia de las autorizaciones de replantación de viñedos, así como la eliminación de las sanciones administrativas por no utilizarlas. También se amplía, en determinados casos excepcionales, el periodo de validez de las autorizaciones concedidas para nuevas plantaciones.
La nueva regulación contempla además la posibilidad de no conceder ninguna autorización de nueva plantación cuando se establezcan limitaciones a su concesión, una medida que permitirá ajustar con mayor flexibilidad el crecimiento de la superficie vitícola a las circunstancias del sector.
Las modificaciones incorporan igualmente condiciones para los beneficiarios de las ayudas destinadas al arranque permanente de viñedo, con el objetivo de mantener la coherencia entre el sistema de autorizaciones y las medidas de gestión de crisis que puedan aplicarse.
Otra de las novedades es la actualización de la lista de variedades de uva de vinificación autorizadas, que queda adaptada al nuevo marco regulatorio.
Los cambios forman parte de la aplicación en España del denominado paquete legislativo del vino aprobado por la Unión Europea, que introduce distintas medidas para afrontar los desequilibrios que atraviesa el mercado vitivinícola y proporcionar mayor capacidad de adaptación al sector.
