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El Ministerio de Agricultura ha publicado, el 30 de octubre, en el BOE la norma de comercialización del aceite de oliva para la campaña 2026/27, que establece las condiciones para una posible retirada de producto del mercado con el objetivo de evitar desequilibrios entre oferta y demanda.

La medida se enmarca en el Real Decreto 84/2021, que permite aplicar mecanismos excepcionales de regulación de la oferta cuando las condiciones del mercado lo justifiquen. Estos mecanismos contemplan la retirada temporal de aceite hasta la campaña siguiente o su destino a usos no alimentarios.

Para activar este procedimiento, la suma de las existencias iniciales y la producción estimada debe alcanzar al menos el 120% de la media registrada en las seis campañas anteriores.

Las previsiones para la campaña 2026/27 apuntan a una producción de 1.602.596 toneladas de aceite de oliva, un 23% superior a la anterior, lo que la situaría como la cuarta mayor cosecha de la serie histórica. Este incremento responde a las condiciones climáticas favorables de la primavera, caracterizadas por temperaturas suaves y abundantes precipitaciones.

A esta producción se suman unas existencias iniciales de 357.040 toneladas, un 23,3% más que en la campaña precedente, según los datos del Sistema de Información de los Mercados Oleícolas (SIMO).

La orden establece los criterios para determinar el porcentaje de aceite que, en su caso, deberán retirar las almazaras productoras de todo el territorio nacional. La retirada se calculará sobre la producción acumulada mensualmente y podrá afectar a cualquiera de las categorías de aceite de oliva, a elección del operador.

El porcentaje de retirada se conocerá antes del 15 de noviembre

El MAPA deberá determinar, mediante una resolución de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, el porcentaje de aceite que correspondería retirar durante la campaña 2026/27.

Esta decisión, prevista antes del 15 de noviembre, podrá modificarse posteriormente en función de los resultados del almacenamiento y de su efecto sobre el mercado.

La retirada no es automática, sino que dependerá del cumplimiento de las condiciones establecidas y de la correspondiente resolución administrativa.

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