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El Consejo de la Productividad realizará análisis para impulsar la competitividad y productividad de la economía española. La creación del Consejo da respuesta a la recomendación del Consejo de la Unión Europea de contar con organismos nacionales.

Los Ministerios de Economía, Comercio y Empresa y de Trabajo y Economía Social han publicado en audiencia pública el proyecto de Real Decreto para la constitución del Consejo de la Productividad de España, con el objetivo de recabar las aportaciones de los operadores económicos.

La creación del Consejo dará respuesta a la recomendación del Consejo de la Unión Europea para que los Estados miembros contaran con un organismo que se encargara de forma específica de analizar la evolución y las políticas en el ámbito de la productividad y la competitividad, con el objetivo de fomentar la aplicación de reformas que inciden en su mejora y de forma adicional en un mayor crecimiento económico.

Con este objetivo se creará el Consejo de la Productividad que tendrá entre sus funciones la elaboración de análisis económicos y estadísticos y la emisión de opiniones públicas orientados a la evaluación y diagnóstico de la productividad y la competitividad de la economía española y su reparto, así como de las políticas públicas con impacto en estos ámbitos.

La creación del Consejo supondrá una mejora en la calidad institucional de España, reforzando el procedimiento de adopción de medidas de políticas económicas y profundizando en la evaluación de las políticas públicas. Los informes, dictámenes y trabajos del Consejo de la Productividad pondrán a disposición de los poderes públicos un amplio catálogo de análisis y medidas que permitirán a los diferentes niveles de la Administración adoptar políticas que favorezcan la productividad y competitividad.

El Consejo tendrá autonomía funcional y el nombramiento de sus miembros se hará en base a criterios de experiencia y competencia. Estará compuesto por un presidente, un vicepresidente y quince vocales, su composición será paritaria y la duración del mandato de todos sus miembros será de cinco años, sin posibilidad de prórroga.

La presidencia será nombrada por el ministro de Economía, Comercio y Empresa y la vicepresidencia por la persona titular del Ministerio de Trabajo y Economía Social y ambos deberán ser personas de reconocida competencia en asuntos económicos. Formarán parte del Consejo los vocales nombrados por las personas titulares de los Ministerios de Ciencia, Innovación y Universidades; de Transformación Digital y de la Función Pública; de Hacienda, así como del Banco de España y del Consejo Económico y Social.

Las personas que ocupen la presidencia y la vicepresidencia designarán, con la aprobación del Consejo, a cinco vocales independientes que deberán ser economistas de reconocido prestigio académico. Participarán en el consejo con voz, pero sin voto, dos personas a propuesta de las organizaciones sindicales más representativas a nivel estatal y dos personas a propuesta de las organizaciones empresariales más representativas a nivel estatal, además del secretario.

El Consejo será también autónomo en la elaboración de su plan de trabajo y en la detección de ámbitos de estudio relevantes, así como en la elaboración de los análisis e informes.

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