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El Tribuna Supremo ha dictado sentencia por tercera vez por la que se obliga rotundamente a la D.O. Valencia a quitar de su pliego de condiciones los municipios adscritos a la demarcación geográfica de la D.O. Utiel-Requena. Es más, insta a la Conselleria de Agricultura a que lo haga público de inmediato en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana para evitar llevar a equívocos a los consumidores sobre la procedencia de los vinos de la D.O. Valencia.

Tras la pronunciación de esta nueva sentencia concluyente, el TS deja clara su posición. El Tribunal ha dejado perfectamente claro que la modificación de Conselleria de Agricultura de 2017, en la que se quitaron ya los territorios es válida y definitiva. Es decir, el TS estima la resolución de la Conselleria de 2017 por la que se apartaban los municipios de la D.O. Utiel-Requena de la zona geográfica de la D.O. Valencia, acogiendo las alegaciones de la primera y, en consecuencia, desestimando el recurso de casación promovido por la D.O. Valencia.

La ejecutividad de las decisiones del TS es firme. La sentencia anterior explicaba que en el caso de la D.O. Valencia, la modificación de su demarcación geográfica operada en las Órdenes 13/2011 y 3/2011 no se ajustó a los requisitos exigidos en la normativa comunitaria, al no incluirse en el Pliego de Condiciones con el detalle requerido el “vínculo” de la D.O. Valencia con los terrenos situados en los términos municipales incluidos en la D.O. Utiel-Requena que fueron considerados también como zona de producción de la D.O. Valencia.

Los municipios de esta D.O. Utiel-Requena son: Camporrobles, Caudete de las Fuentes, Fuenterrobles, Requena, Siete Aguas, Sinarcas, Utiel, Venta del Moro y Villargordo del Cabriel.

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