La orden publicada en el BOE incorpora rebajas en los índices de rendimiento neto para el sistema de módulos del IRPF de 2025, con medidas específicas por sectores y territorios. El conjunto de reducciones supondrá una disminución estimada de 825 millones de euros en la base imponible.
El Ministerio de Hacienda ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), con fecha 18 de mayo, la orden por la que se reducen los índices de rendimiento neto aplicables al sistema de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de 2025, conocido como sistema de módulos, para agricultores y ganaderos.
La medida incorpora la propuesta elaborada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), que ha tenido en cuenta el impacto de circunstancias excepcionales que afectaron a la rentabilidad de numerosas explotaciones agrarias durante 2025.
Entre las reducciones aprobadas destacan las aplicadas a sectores específicos, con una rebaja del 50 % para la apicultura y del 30 % para el ovino y caprino. Además, se han establecido minoraciones sectoriales específicas por comunidades autónomas, provincias y municipios, especialmente en producciones como cereales, olivar y viñedo en distintas zonas productoras.
Estas medidas se suman a la reducción general del 5 % en el rendimiento neto para los cerca de 800.000 agricultores y ganaderos acogidos al sistema de módulos, ya establecida en la orden HAC/1347/2024, de 28 de noviembre.
Según las estimaciones, el conjunto de las reducciones aprobadas supondrá una rebaja de la base imponible del IRPF de alrededor de 825 millones de euros.
Las minoraciones responden al contexto climático adverso registrado durante 2025, marcado por episodios de altas temperaturas, heladas, pedriscos, vientos, precipitaciones extremas e incendios forestales durante el verano.
La orden mantiene también medidas adicionales de apoyo fiscal. Entre ellas figura el índice reducido del 0,5 para actividades ganaderas que alimenten al ganado con piensos y otros productos adquiridos a terceros cuando estos representen más del 50 % del total consumido.
Asimismo, continúa vigente el coeficiente corrector por uso de electricidad para riego, que permite una reducción del 25 % del rendimiento neto y amplía su aplicación a todos los regadíos, no solo a aquellos con consumo eléctrico estacional.
Por último, se mantiene la exención en el IRPF para las ayudas percibidas a través de los ecorregímenes de la Política Agraria Común (PAC).
