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La Comisión Europea ha aprobado un régimen español de hasta 10 000 millones de euros (“sistema de garantía nacional”) para apoyar a los trabajadores autónomos y a las empresas de todos los sectores en el contexto de la invasión de Ucrania por Rusia.

El régimen se ha aprobado en virtud del Marco Temporal de Crisis, adoptado por la Comisión el 23 de marzo de 2022 y basado en el artículo 107, apartado 3, letra b), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (“TFUE”), en el que se reconoce que la economía de la UE está sufriendo una grave perturbación.

La vicepresidenta ejecutiva Margrethe Vestager, responsable de la política de competencia, ha declarado lo siguiente: “Este régimen por valor de 10 000 millones de euros permitirá a España mitigar el impacto económico de la guerra iniciada por Putin en Ucrania y seguir apoyando a las empresas de todos los sectores afectados por la actual crisis geopolítica. Seguimos apoyando a Ucrania y al pueblo ucraniano. Al mismo tiempo, mantenemos una estrecha colaboración con los Estados miembros para velar por que las ayudas nacionales puedan concederse de manera oportuna, coordinada y eficaz, protegiendo al mismo tiempo la igualdad de condiciones en el mercado único”.

La ayuda española

España notificó a la Comisión, con arreglo al Marco Temporal de Crisis, un régimen de hasta 10 000 millones de euros para apoyar a los trabajadores autónomos y a las empresas de todos los sectores que operan en España, en el contexto de la invasión de Ucrania por Rusia.

Podrán acceder a la ayuda las empresas que operen en todos los sectores afectados por la crisis, salvo las entidades de crédito y financieras.

Los beneficiarios admisibles tendrán derecho a percibir cantidades limitadas de ayuda y apoyo a la liquidez en forma de garantías sobre préstamos.

La Comisión considera que el régimen español cumple las condiciones establecidas en el Marco Temporal de Crisis. En particular, en lo que respecta a los importes limitados de ayuda, i) la ayuda no excederá de 35 000 euros por empresa activa en los sectores de la agricultura, la pesca y la acuicultura y de 400 000 euros por empresa activa en todos los demás sectores; y ii) las garantías se concederán a más tardar el 31 de diciembre de 2022. Por lo que respecta al apoyo a la liquidez: i) la duración de las garantías no podrá exceder de ocho años; ii) las primas de garantía respetan los niveles mínimos (modulados de forma que reflejen la cobertura de la garantía y la duración de los préstamos garantizados) establecidos en el Marco Temporal de Crisis; y iii) las garantías se concederán a más tardar el 31 de diciembre de 2022.

Además, la ayuda pública estará sujeta a condiciones a fin de limitar un falseamiento indebido de la competencia, incluidas salvaguardias destinadas a garantizar que las ventajas de la medida repercutan en la mayor medida posible en los beneficiarios finales a través de los intermediarios financieros.

La Comisión ha llegado a la conclusión de que el régimen español es necesario, adecuado y proporcionado para poner remedio a una grave perturbación en la economía de un Estado miembro, de conformidad con el artículo 107, apartado 3, letra b), del TFUE y con las condiciones establecidas en el Marco Temporal de Crisis.

Sobre esta base, la Comisión ha aprobado la medida con arreglo a las normas sobre ayudas estatales de la UE.

 

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